Manifiesto a favor del préstamo público
Autoría: Grupo BPI, FESABID
Fecha de publicación: enero 2004
Tema: préstamo público, propiedad intelectual
URL documento: http://www.fesabid.org/... (en formato PDF)
La polémica en torno a la pretensión, por parte de ciertas
entidades corporativas, de hacer extensivo el cobro por derechos
de autor y propiedad intelectual al préstamo de materiales en
el ámbito de las unidades de información (específicamente
bibliotecas), ha suscitado un vivo debate entre los profesionales de la
biblioteconomía y la documentación, que ha tenido su reflejo
en las numerosas opiniones vertidas al respecto en la lista IWETEL,
y en una medida más limitada en los medios de comunicación
general. Concretamente, el siguiente manifiesto fue anunciado en dicho
foro de distribución con fecha 30/01/2004.
Considerando que las bibliotecas, museos, archivos, hemerotecas, fonotecas
y filmotecas de titularidad pública, así como aquellas que
pertenecen a entidades de interés general de carácter cultural,
científico o educativo sin ánimo de lucro o bien a instituciones
docentes integradas en el sistema educativo español:
- GARANTIZAN a las personas el acceso libre e ilimitado al conocimiento,
el pensamiento, la cultura y la información. (Plan
de Fomento de la Lectura 2001-2004. Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte)
- EJERCEN una función importante en el desarrollo y mantenimiento
de una sociedad democrática al facilitar el acceso a un amplio y
variado abanico de conocimientos, ideas y opiniones. (Directrices IFLA/UNESCO
para el desarrollo de los servicios de bibliotecas públicas, 2001)
- FOMENTAN la adquisición y mejora de los hábitos de lectura,
especialmente entre la población infantil y juvenil. (Plan de Fomento
de la Lectura 2001-2004. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)
- REALIZAN una labor primordial en el desarrollo de los sistemas educativos
al aportar las herramientas necesarias para la adquisición y asunción
de los conocimientos en todos y cada uno de los distintos estadios de formación.
- DESEMPEÑAN una labor indispensable de apoyo a la investigación
que se lleva a cabo a través de todo tipo de instituciones, al poner
a disposición de los usuarios/as las obras y creaciones necesarias
para el desarrollo de su labor.
- ACTÚAN como escaparates de la producción cultural existente,
al albergar en sus fondos y poner a disposición del público
las obras creadas por intelectuales, científicos y artistas. Éstos
últimos se benefician así del uso gratuito de un canal de
publicidad y difusión de sus ideas.
- ASEGURAN la difusión, conservación y accesibilidad de las
obras de toda índole, más allá de los intereses comerciales
puntuales, de la capacidad de distribución de las mismas y de la
dictadura del mercado.
- OFRECEN servicios en un marco de respeto hacia los derechos de autor, sirviendo
además como canales para difundir entre sus usuarios/as un conocimiento
de dicha materia y formándolos en el uso respetuoso de las obras
y prestaciones protegidas.
- CARECEN de finalidades lucrativas, económicas o comerciales, directas
o indirectas, buscando como único beneficio el desarrollo cultural,
educativo y humano de aquellos a quienes sirven y, por extensión,
la mejora del nivel educativo y de competitividad de la sociedad en general.
- PERTENECEN a todos y cada uno de los ciudadanos/as ya que se costean con
el dinero que todos aportan a través de sus impuestos. (Plan de
Fomento de la Lectura 2001-2004. Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte)
Expresamos nuestra convicción en la necesidad de:
- ASEGURAR el justo equilibro entre los intereses de autores, editores y
sociedad en general a través del marco legal en materia de derechos
de autor.
- GARANTIZAR los intereses culturales de la sociedad ya que ésta progresa
y se desarrolla mediante la promoción de la investigación y
la facilidad de acceso a las creaciones intelectuales. Ésta es una
de las bases de los límites que establece el marco legal que regula
la propiedad intelectual.
- MANTENER el actual límite de préstamo que contempla la vigente
Ley de Propiedad Intelectual en su artículo 37.2 como instrumento
eficiente de una política de promoción cultural que, además,
está en consonancia con el marco legal creado por la Directiva 92/100/CEE
sobre alquiler y préstamo. La citada Directiva no sólo establece
en su artículo 5 la posibilidad de que cada Estado Miembro determine
libremente la remuneración por el préstamo de obras en función
de sus políticas de promoción cultural, sino que también
les otorga la potestad de eximir a determinados establecimientos de la
remuneración de dicho pago.
- INSISTIR en el valor de los servicios de préstamo que ofrecemos
las instituciones arriba citadas, ya que son un elemento que beneficia
al titular como ciudadano y como creador. Los servicios de préstamo
son una herramienta indispensable de creación de lectores y por
tanto, de consumidores de sus obras.
- SUBRAYAR la importancia de los servicios de préstamo que ofrecemos
las instituciones arriba citadas como herramientas indispensables de apoyo
a la educación y la investigación.
- DESTACAR la relevancia de la inversión que los organismos públicos
realizan en la adquisición de fondos para este tipo de centros como
beneficio directo a favor de los creadores y del sector editorial en general.
Dicha inversión es además el reconocimiento expreso de la
sociedad a la importancia de la labor de los autores y editores al desarrollo
cultural.
- RECONOCER que para determinados tipos de obras la adquisición que
realizan las instituciones arriba mencionadas es indispensable para garantizar
su edición.
- EVITAR cualquier tipo de penalización contra los servicios de préstamo
público ya que iría en detrimento de los objetivos que persiguen,
que no es otro que el beneficio de la sociedad a la que sirve.
Por todo ello, expresamos nuestro RECHAZO a la posibilidad de que el préstamo
público realizado en las bibliotecas y centros similares, que actualmente
se benefician de la excepción que contempla la Ley
de Propiedad Intelectual quede sujeto al pago de una compensación
económica y solicitamos que los responsables públicos defiendan
el mantenimiento del actual límite de préstamo a favor de
este tipo de instituciones EN SUS MISMOS TÉRMINOS.
Manifiesto elaborado por el Grupo
Bibliotecas y Propiedad Intelectual de la Federación Española
de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación
y Museística (FESABID), junto
con otros profesionales del sector. Más información al respecto.